Actualizaciones Integra-AIT

AIT | Actualizaciones de AITsoftware

      Integra-AIT  ~  03  julio  2026      




CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.07.03

IMPSO-AIT:
1.
Novedad: Se incluyen presentación y validación oficiales del impuesto de sociedades.






CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.06.30
IMPSO-AIT:
1.
Novedad: Se establecen límites de la reserva de capitalización: 25% si INCN < 1 millón, 20% resto.
*. Recuerde: Deberá entrar en Liquidación y «Calcular Reservas Máximas» para aplicar dichos límites.
2. Novedad: Se corrige la longitud de la página 15 que impedía validar el impuesto (compensaciones).
3. Novedad: Se incluyen las deducciones empresariales, que estaban pendientes.
RENTA-AIT:
1. Novedad: Se realizan nuevas mejoras en la consistencia de las validaciones de RentaWeb sobre varios elementos.

CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.06.16
IMPSO-AIT:
1. Novedad: Se incluyen (ahora sí) las hojas de las CCAA para su generación en papel.
2. Novedad: Se incluye el traspaso de datos desde la contabilidad al Impuesto de Sociedades, para la confección y cálculo del modelo 200, salvo lo relativo al apartado de deducciones, que estará disponible en breve.
*. Recuerde: Para facilitar la cumplimentación de declaraciones «Abreviadas» del modelo 200, se incluye la posibilidad de exportar la «Información Contable» en formato XML, compatible con SociedadesWeb en la página de la AEAT.
*. Recuerde: En balance y en pérdidas y ganancias, tanto del Impuesto de Sociedades como de las Cuentas Anuales, puede obtener una consulta de la agrupación contable realizada en cada casilla al traspasar desde contabilidad, mediante la tecla F4 (también válidas Ctrl+INTRO y Ctrl+TAB).
*. Recuerde: En la liquidación, las casillas de aumentos y disminuciones admiten detalle con F4 (también Ctrl+TAB y Ctrl+INTRO), lo que permite cumplimentar aquellas cuyo importe en el ejercicio sea cero, pero deban informar en el cuadro de detalles de cambios en su saldo pendiente, bien a inicio de ejercicio, bien a fin de ejercicio.
*. Recuerde: Al entrar en el apartado de liquidación, se incluye el marcado/desmarcado automático de la casilla [0088] en «Tipo de Gravamen Reducido en Otros Caracteres», lo que implica fijar el tipo de gravamen al 23% o al tipo genérico, normalmente 25% salvo nueva creación, cooperativas, asociaciones, emergentes, etc.
*. Recuerde: El marcado/desmarcado automático de la casilla [0088] en «Tipo de Gravamen Reducido en Otros Caracteres» puede ser activado/desactivado desde «1.Datos Generales Identificativos » 1.Identificación», para efectuar su control en «8.Liquidación».
*. Recuerde: En caso de varios titulares reales de la entidad, aparcerán en páginas 2Bis complementarias, uno en cada una de ellas, pues el modelo no ofrece otra posibilidad.
*. Recuerde: En Datos Identificativos, incluida como toma de datos la opción de Comprobación Automática del INCN del Ejericio Anterior, que podrá ser [S|N].
*. Recuerde: Si una sociedad NO tuviera socios personas físicas con porcentaje superior al 25%, igualmente debe consignar como titular los indicados el artículo 4.2.b) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
*. Recuerde: En Titular Real de la Entidad, al añadir un Titular, puede realizar su búsqueda entre los socios ya definidos para las Cuentas Anuales o introducirlo manualmente.
*. Recuerde: Deje de confeccionar manualmente la memoria, consiga que sus memorias se auto-cumplimenten y olvídese de reemplazar texto en Word. Simplemente, adapte nuestras plantillas de «Memor-AIT» a sus necesidades y disponga de tantos «Ficheros-Plantilla» como necesite, con plena integración de los «Campos_Dinámicos».
3. Novedad: Se incluye la validación del modelo 200 del ejercicio 2025.
RENTA-AIT:
1. Novedad: Se realizan nuevas mejoras en la consistencia de las validaciones de RentaWeb sobre varios elementos.

CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.05.30
ESTIM-AIT:
*. Recuerde: La Variación de Existencias debe ser contabilizada por el propio usuario, usando la cuenta correcta para reflejar el importe positivo de dicha variación. Por tanto, cuando las existencias iniciales sean superiores usará la cuenta 6100, mientras que cuando las finales sean superiores usará la cuenta 7100.
*.
Recuerde:
En Renta, cuando contablemente se ha indicado una variación de existencias en las cuentas 7100 o 6100, con códigos Aeat ‘I06’ y ‘G02’ respectivamente, también debe incluir el detalle las Existencias iniciales y finales.
1. Novedad: Para facilitar la cumplimentación automática de su actividad en Renta, puede crear las cuentas ‘3001’ para existencias Iniciales y ‘3012’ para existencias Finales, previa creación del grupo ’30’ para Existencias.
*. Recuerde: Las cuentas y el grupo anteriores deben configurarse como «N,N,N,N,N,N», pues no intervienen en el cálculo de la estimación ni deben recogerse por ningún otro modelo trimestral (ni de irpf ni de iva).
RENTA-AIT:
*. Recuerde: Ya se puede realizar la presentación del modelo 714 de Patrimonio’25, cuando sea necesario.
1. Novedad: Se realizan nuevas mejoras en la consistencia de las validaciones de RentaWeb sobre varios elementos.
2. Novedad: Desde una actividad en directa simplificada, al TraerEstimación=F8 se recogerán las existencias Iniciales y Finales, de las cuentas ‘3001’  y ‘3012’ respectivamente.
CONTA-AIT:
*.
Recuerde: Desde
el asiento de apertura NO se deben añadir nuevos elementos de inmovilizado de años anteriores, para ello dispone de la opción «1. Mantenimientos » 5. Inmovilizado».
1. Novedad: Al editar un asiento de apertura interno (asiento=0), desde el apertura No se enlazará con la Tabla de Inmovilizado (tampoco con Iva ni Retenciones), para evitar que el usuario duplique elementos de años anteriores.
IMPSO-AIT:
*. Recuerde: A fecha actual el programa del registro (D2 v.17.2.0.0)
no tiene actualización, formato digital.
1. Novedad: Se realiza la adecuación de la página ID del modelo de CCAA en papel (se omite el CNAE 2009).

RAPID-AIT:
*. Recuerde: Si hay cambios en el listado excel en que se basa un intérprete, los cuales involucran alguna columna con información relevante que contabilizar, dicho intérprete debe ser adaptado para que siga funcionando.
1. Novedad: Se ha realizado la adaptación del intérprete para el nuevo listado de costes de Monitor Informática v.26, el cual permite realizar la contabilización de nóminas para Estim-AIT y Conta-AIT.
*. Recuerde: Si está usando el intérprete para Monitor Informática, solicite su adaptación llamando a soporte.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.05.07
RENTA-AIT:
*. Recuerde: Tras incorporar rendimientos del trabajo de los datos fiscales descargados de la web de la Aeat, se debe identificar si dichos rendimientos corresponden o no a Trabajo Activo.
1. Novedad: En deducción autonómica por nacimiento o adopción, se elimina el límite de base para su aplicación.
2. Novedad: Se incluye la posibilidad de realizar presentación directa de complementaria o rectificativa.
3. Novedad: Se incluye el cálculo y la presentación con deducción por Doble Imposición.
IMPSO-AIT:
*. Recuerde: Deje de confeccionar manualmente la memoria, consiga que sus memorias se auto-cumplimenten y olvídese de reemplazar texto en Word. Adapte nuestras plantillas de «Memor-AIT» a sus circunstancias y disponga de tantos «Ficheros-Plantilla» como necesite, con plena integración de los «Campos_Dinámicos».
1. Novedad: Se incluye la «Generación de Documentación Oficial Impresa (Papel/Pdf)» para las Cuentas Anuales y Memoria, modelo PYME, según legislación vigente.
2. Novedad: Se incluye la «Generación de Documentación Oficial Digital (D2/Xbrl)» para las Cuentas Anuales y Memoria, modelo PYME, según legislación vigente.
3. Novedad: Se adapta el formato en que se Fusiona o Pagina la impresión de la Memoria, para aquellos apartados de la misma obtenidos con plantilla Personalizada y editada con las últimas versiones de Office.
4. Novedad: Se corrigen los apartados 09 y 10 de la Memoria Estándar, que tras ser fusionados o paginados, transformaban algunas celdas de sus tablas en negro. Si esto mismo le sucede con su plantilla Personalizada, reinicie ambos apartados a partir de la Estándar y repita su personalización.
*. Recuerde: Al generar las cuentas anuales (tanto en papel como digital) se puede escoger si incluir o descartar como «Titular Real» a los socios con porcentaje igual al 25% (con porcentaje superior serán incluidos sin preguntar).
*. Recuerde: Los socios con cargo de «Presidente» serán incluidos como «Titular Real Asimilado» (tanto en papel como digital) en ausencia de titulares reales con porcentaje superior al 25%. Los cargos de Administrador, Secretario y Representante, siguen incluyéndose.
*. Recuerde: Cuando un apartado de la memoria está vacío y escoge «Importar Fichero», puede copiar su contenido «Como_Texto» o gestionarlo «Como_Plantilla». En este segundo caso, los «Campos Dinámicos» que se encuentren, serán sustituidos por su valor, como se hace con las plantillas Estándar y Personalizada, lo cual le permite confeccionar su propia «Batería de Plantillas», que puede utilizar para cumplimentar cada apartado con el contenido de su elección, según las circunstancias particulares de cada empresa, integrando la funcionalidad de los campos dinámicos en cada fichero que confeccione.
*. Recuerde: Puede dejar que se auto-cumplimenten todos los apartados con la plantilla, bien estándar o bien personalizada, y posteriormente borrar el apartado para el que desee importar su propia plantilla específica.
*. Recuerde: Para crear sus propios ficheros importables «Como_Plantilla» (uno por cada circunstancia y/o apartado que necesite) puede partir del contenido que ya tiene en cada apartado y guardarlos en la carpeta de su elección, incluyendo en el nombre del fichero el número del apartado al que corresponde y las necesidades que cubre.
*. Recuerde: Recomendamos usar el formato D2 (.zip), que además de datos contables, incluye la instancia de presentación, la identificación del titular real y la de los administradores que firman las cuentas.

CONTA-AIT:
*. Recuerde: Dentro de «3. Listados » 6. Otros Listados» dispone de los listados «1. Libros Registro Mercantil».
*. Recuerde: Una vez ahí, desde «1. Libro de Diario y Contable» se genera un Diario Abreviado del año completo con Apertura, Mensual, Explotación y Cierre, todos dentro de un único listado.
*. Recuerde: Una vez ahí, desde «2. Inventario y Cuentas Anuales» se generan balances de Sumas y Saldos trimestrales, de Situación, de Pérdidas y Ganancias y de Comprobación
, todos dentro de un único listado.
*. Recuerde: Para obtener los «Libros Registro Mercantil», en caso de existir algún cierre, será eliminado sin requerir confirmación del usuario.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.04.20
RENTA-AIT:
*. Recuerde: En este ejercicio, tras cumplimentar y calcular dicho modelo con AIT, puede optar por presentarlo o por importarlo desde RentaWeb y, en este segundo caso, podrá continuar incorporando datos si lo considera necesario, igual que con otros formularios de otros modelos. Como ya sabrá por anteriores ejercicios, RentaWeb dispone de un sistema de «botones con lápices» asociados a cada casilla oficial del modelo de renta aprobado en BOE, los cuales despliegan la solicitud de información adicional, que ellos estiman necesaria para calcular la casilla oficial. Pues bien, esa información «adicional y no publicada en BOE» también deberá ser suministrada para conseguir la validación o importación del modelo.
*. Recuerde: Se incluye el traspaso del año anterior, introducción de datos y el cálculo del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (salvo lo indicado a continuación).
*. Recuerde: Aún no está disponible la confección de rentas con información relativa a «[Reducción por Artistas, Fondos Cotizados, Doble Imposición Internacional]», ni deducciones autonómicas distintas a «Andalucía». Estos supuestos puede importarlos y completarlos en RentaWeb si lo desea, mientras realizamos su adaptación.
*. Recuerde: La amortización de los inmuebles del ejercicio 2024, se traspasará como amortización acumulada. No se incluirán importes de amortización de ejercicios anteriores, pero podrá editar el valor acumulado si lo desea.
*. Recuerde: Está disponible la descarga de los datos fiscales de Renta’2025, con referencia obtenida desde la página web de la AEAT o con certificado.
*. Recuerde: Debe ratificar el domicilio fiscal antes de iniciar cualquier trámite, lo cual se realizará desde la web de la Agencia Tributaria.
*. Recuerde: La casilla [505], solicitada por la AEAT para obtener la Referencia del contribuyente, puede no coincidir con la almacenada en AIT, si tras importar el fichero escogió «Continuar con la declaración» para presentarla con RentaWeb usando la clave del contribuyente, ya que RentaWeb realilza el recáclulo de todas las casillas, pudiendo generarse mínimas variaciones que pueden haber afectado a dicha casilla sin modificar el resultado, por lo que deberá tomar dicha casilla del modelo oficial presentado. Si usó el certificado del asesor en presentaciones directas, esto no habrá sucedido. En ambos casos, dentro del «Estado de impresión», dispone la opción «Consultar_Modelo» si archivó el código CSV (recomendado).
1. Novedad: Se automatiza el cálculo de la nueva «Deducción por obtención de rendimientos del trabajo», para lo cual, por cada rendimiento,
deberá indicar si lo obtuvo como «Trabajador Activo».
2. Novedad: S
e solicita la introducción de «Existencias iniciales y finales», cuando indica algún importe en «Aumento o Disminución de existencias» en una actividad en directa.
3. Novedad: Se incluye la nueva «Regularización de cuotas RETA», bien sea a ingresar o a devolver
, en directa.
4. Novedad: Se incluyen novedades de inmuebles arrendados: para zonas tensionadas «Si se inclumple art.17.6 LAU» y se detallan importes necesarios para calcular el «Rendimiento mínimo arrendado a parientes».
5. Novedad: Se incluye la nueva casilla «Reintegro de subvenciones» para las actividades en estimación objetiva.
6. Novedad: Se incluye en ganancias una nueva clasificación para «Premios sujetos y no sujetos a retención».
7. Novedad: Se aumentan el número máximo de registros permitidos en ganancias patrimoniales, para «Acciones Cotizadas (200)» y para «Cripto monedas (300)».
8. Novedad: Se incluye identificación específica para el importe del «Bono social térmico».
9. Novedad: Se incluyen las nuevas deducciones autonómicas de Andalucía: «Práctica deportiva», «Gastos veterinarios» y «Enfermedad celíaca».
IMPSO-AIT:
1. Novedad: Se incluye la elaboración de las cuentas anuales y de la memoria para 2025. Dada la anticipación con que se ofrece, quedamos expuestos a posibles modificaciones del legislador y no podemos descartar que sus elaboraciones se deban desechar total o parcialmente.
UTIL-AIT:
*. Recuerde: Para una visión de pantalla más relajada, en
9.-Utilidades > 8.-Configuración local de AIT > «1.-Selección de Colores», se incluye una paleta «Dark». Para activarla, se generará un nuevo acceso en el escritorio llamado «AIT_DARK», que trabajará con dicha paleta de colores oscuros, la cual favorece el descanso de su vista.
*. Recuerde: Para el acceso A.I.T. estándar, dispone de más paletas de colores predefinidas (encuentre la suya).


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.04.06
IMPRE-AIT:
1. Novedad: Se corrigen los tipos impositivos del modelo 202, para «Entidad que puede Aplicar Más de 1 tipo Impositivo» y para entidad que «Aplica Incentivos Reducida Dimensión art.101 LIS».
2. Novedad: Se corrige que el modelo 202 recoja CNAE-2025 de «M-P» del último ejercicio que cumplimentó.

INTERFAZ-AIT:
1. Novedad: La anterior versión incluyó que los movimientos de ratón, sobre menús y tablas, desplazaran la opción o registro seleccionado. Ahora que ya sabe como funciona, puede seleccionar el funcionamiento que más se adapte a sus gustos desde ‘9.-Utilidades » 8.-Configuración Local de AIT » 2.-Movimientos del Ratón’.
*. Recuerde: Dispone de las siguientes configuraciones…
    Solo_Menús  => Al mover el ratón sobre las opciones de menús, se desplazará su posición
    Solo_Tablas => Al mover el ratón sobre los registros de una tabla, se desplazará su posición
    Ambas => Al mover el ratón sobre menús y tablas, se desplazará su posición en ambos casos
    Ninguna => Al mover el ratón sobre menús y tablas, nunca se desplazará su posición
*. Recuerde: (al margen del movimiento, los clicks del ratón siguen activos siempre).


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.03.30
FACTU-AIT:
1. Novedad: Se puede escoger entre usar la dirección Fiscal o la Postal, al configurar la impresión de facturas. La fiscal es el valor por defecto y está compuesto por 3 líneas a partir de datos fiscales del NifGeneral. La postal está compuesta por las 2 líneas postales del NifGeneral que libremente puede cumplimentar.
2. Novedad: Al realizar la contabilización, se informará si ya ha sido contabilizada o si ha sido anulada, pudiendo ser descartarda o incluida según decida el usuario.
3. Novedad: En la impresión a fichero de un documento, se incluirárá su denominación, para evitar repeticiones.
4. Novedad: Al imprimir a fichero Pdf un solo documento de pedido/minuta o recibo/albaran, puede escoger un nombre individual, como se hace por defecto con borrador/proforma y factura.
CONTA-AIT:
1. Novedad: Desde extracto de mayor, el usuario decide si salir o continuar dentro, al alcanzar el final del rango de cuentas consultadas, tras solicitar la siguiente o la anterior.
IMPRE-AIT:
1. Novedad: Para el modelo 202, se usa CNAE-2025, recogido de «M-P» del último ejercicio que cumplimentó.
RAPID-AIT:
1. Novedad: Se implementa sistema de aviso de facturas no presentadas, anteriores a la semana que se recoge.

CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.02.26
FACTU-AIT:
1. Novedad: Al contabilizar documentos para Nif No Español se incluye con fomato PP9A..A, al hacerlo mediante la opción «3.- A <csv> Para Rapid-AIT».
2. Novedad: En 3.- Borradores/Proformas y en 4.- Facturas, poder cambiar Devuelto (S/N) y Periódico (S/N) de Enviadas y Aceptadas para su propio control y posterior contabilización.
RAPID-AIT:
1. Novedad: Al contabilizar facturas de compras para el Sii, CuotaDeducible se auto-cumplimenta con las cuotas de Iva y recargos de Equivalencia soportados.

*. Recuerde: Si el Nif que aparece en las facturas en excel es español, los intérpretes lo incorporarán en formato Aeat.
*. Recuerde: Si dicho Nif no es español, se espera que venga un formato PP9A..A, donde PP debe identificar las letras del pais UE o ISO, 9 debe identifcar el tipo de documento para SII o Veri*Factu y A..A debe identificar el propio número de documento con hasta 15 posiciones.
*. Recuerde: Si los Nifs no españoles de su excel vienen en otro formato, por ejemplo PPA..A sin especificar en la tercera posición el tipo de documento, y desea mejorar como se incorporan a AIT, puede solicitar presupuesto para la revisión de su(s) intépretes(s).


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.01.30

FACTU-AIT:
*. Recuerde: Si debiera restaurar una copia de seguridad de Factu-AIT, asegúrese de que dicha copia incluye TODAS las facturas emitidas y aceptadas o rechazadas por la AEAT, lo que evitará futuros rechazos por duplicidades. Estos posibles rechazos se producirían si al emitir desde Borradores, se generaran facturas con una numeración ya remitida a Veri*Factu, lo que puede suceder al restaurar un copia anticuada o incompleta. Para cumplir con este requeriento de la AEAT respecto de sus propios datos, como responsable de los mismos, asegúrese de actualizar o realizar una copia tras «Emitir facturas → AEAT», tanto si han sido aceptadas como si han sido rechazadas por Veri*Factu.
*. Recuerde: Si desea realizar dicho envío oficial en producción antes de dichas fechas, contacte con soporte.
1. Novedad: Corregida la impresión de facturas de un Nif dentro de un rango, en formato A4-Pdf Individual.
2. Novedad: En el Documento 3.-(Borradores/Proformas), edición desactivada para factura Enviada y Aceptada.
3. Novedad: En los listados en formato Excel se usan columnas distinas para emplazar cada dato incluido.
IMPRE-AIT:
1. Novedad: Se incluye la generación y presentación del modelo 347 informativo de 2025.
2. Novedad: Se incluyen los modelos de 2026 mensuales y trimestrales y quedan pendientes los anuales.
RENTA-AIT:
1. Novedad: Se incluye la elaboración y generación del modelo 210
, para inmuebles imputados, con periodo de generación en 2025 (periodo de generación en 2026, pendiente hasta enero de 2027).
2. Novedad: Se incluye un listado de control de los modelos 210, con su estado, modalidad, etc.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.01.02
FACTU-AIT:
1. Novedad: Se habilita la generación de documentos del ejercicio 2026.
IMPRE-AIT:
1. Novedad: Se incluye la generación y presentación de modelos de informativas 180, 184, 190, 193, 303 y 390.
SIINF-AIT:
1. Novedad: Se incluye la generación y presentación al SII para el ejercicio 2026, pero
no otros modelos.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 35.12.30
FACTU-AIT:
*.
Importante: El RDL 15/2025, aplaza un año la obligación de enviar a Veri*Factu,
para los contribuyentes (hasta el 1 de enero de 2027 para las entidades y hasta el 1 de julio de 2027 para las personas), pero se mantiene la obligación de adaptación de los SIFs (sistemas informáticos de facturación) y de los servicios prestados por la Aeat en su web. Por tanto, por defecto los registros de facturación se continuarán enviando en entorno de pruebas hasta que sea obligatorio, que será cuando se enviarán a entorno de producción real (salvo nuevos cambios legislativos imprevistos). Si desea realizar dicho envío en producción antes de dichas fechas o no realizarlo, contacte con soporte.
1. Novedad: Al entrar y salir de un facturador, se avisa si quedó alguna factura pendiente o rechazada, lo cual debe subsanarse antes de continuar emitiendo facturas.
2. Novedad: Para cada facturador, dentro de la opción «F.- Veri*Factu», se incluyen opciones para «Comprobar Encadenamientos» y «Exportar Registros», según se establece en el RD 1007/2023.
3. Novedad: Para «4.- Facturas», se permite anular o eliminar registros de facturación aceptados, rechazados o pendientes, lo cual podrá realizar mediante Ctrl+Sup desde «1.- Crear / Modificar»
.
*. Recuerde: Para los pendientes se eliminarán la propia factura y su registro de encadenamiento, generarándose de nuevo al emitir una nueva factura con sus correspondientes datos.
*. Recuerde: Para los rechazados y aceptados se mantendrán ambos registros, es decir, aunque en la web de la Aeat se marcarán como anulados, los seguirá manteniendo y ofreciendo en sus consultas web. En Factu-AIT, la numeración seguirá correlativa y las facturas anuladas también se mantendrán con el número que se generó y con el resto de datos, pudiendo ser incluidas en otros procesos, como listados, contabilización, etc.
*. Recuerde: La AEAT indica: Si los errores detectados tras la emisión están previstos en el reglamento de obligaciones de facturación (ROF), aprobado por el Real Decreto 1619/2012, deberá efectuarse su rectificación de acuerdo con el procedimiento que indique el ROF según el tipo de error de que se trate, lo que implica expedir nueva/s factura/s rectificativas de la factura original errónea.
*. Recuerde: La AEAT indica: Si se considera que «toda la factura» en sí misma está mal o no debería haberse emitido, siempre que para solucionarlo no deba emplearse algún procedimiento (de rectificativa u otro) previsto en el ROF, se podrá «anular» generando para ello un RF de anulación. Estos casos deberían ser MUY POCO FRECUENTES.
*. Recuerde: La AEAT indica: Con la anulación se trata, pues, de «deshacer» tanto la expedición de la factura erróneamente emitida como el correspondiente registro de facturación generado. La consecuencia de ello es que dicha factura no tendrá ningún efecto fiscal ni en libros registros, ni en autoliquidaciones a presentar.
*. Recuerde: La AEAT indica: Con carácter general, todas las facturas emitidas, en la medida en que respondan a operaciones realmente efectuadas (como es el caso habitual) no pueden anularse. Como se puede ver, el uso de los RF de anulación deben ser casos muy excepcionales, siempre a valorar y utilizar con prudencia.

IMPRE-AIT:
1. Novedad: Se incluye la edición y validación de modelos de informativas 180, 184, 190, 193 y 390.
MODUL-AIT:
1. Novedad: Se incluyen las tablas de módulos para 2026, aprobadas por la orden
HAC/1425/2025.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 35.11.25
FACTU-AIT:
1. Novedad: Se permite la emisión de facturas Exentas y con Iva simultáneamente, como en determinados casos.
2. Novedad: La Actualización Masiva permite preservar los campos que deje vacíos y aplicarse a todos los del rango o solo a los editables (no bloqueados).
*. Recuerde: Si necesita cambiar fechas de operación y/o de emisión desde «8.Actualizar», puede cambiar algunos campos de un rango de documentos
.
3. Novedad: Se permite la emisión de facturas en Régimen de Bienes Usados, informando el total, sin detallar el Iva.
*. Recuerde: Si un registro de factura fue rechazado por la Aeat, debe ser corregido emitiendo una rectificativa.
*. Recuerde: Existen dos procedimientos para la rectificación de las facturas: a) por diferencias y b) por sustitución.
*. Recuerde: a) El procedimiento de retificación por diferencias implica la emisión de una única factura en la serie ‘R’ectificativa, donde se consignarán las diferencias que se hayan detectado en los importes.
*. Recuerde: b) El procedimiento de rectificación por sustitución, a su vez, admite dos modalidades: b.1) mediante una factura y b.2) mediante dos facturas.
*. Recuerde: b.1) Para el procedimiento de rectificación por sustitución en 1 paso, se emirirá una única factura en la serie ‘R’ectificativa con los datos correctos, indicando como rectificada la original.
*. Recuerde: b.2) Para el procedimiento de rectificación por sustitución en 2 pasos, se emitirá una primera factura en la serie ‘O’rdinaria que anule la factura original y una segunda factura en la serie ‘R’ectificativa que reflejará los datos correctos, indicando como rectificada la original. Según criterio de la consulta vinculante V0706-19, de acuerdo con el cual, la factura negativa se registrará como factura ordinaria mientras que la segunda factura se identificará como factura rectificativa (con la clave de factura rectificativa que corresponda)
.
4. Novedad: Al contabilizar la serie ‘R’ectificativa, puede escoger si Auto-Contabilizar el abono de las rectificadas, para el caso de haber emitido por sustitución en un paso y necesitar el apunte de abono correspondiente.
5. Novedad: Al contabilizar se incluye la fecha de operación, para Estim-AIT, Conta-AIT y Rapid-AIT.
6. Novedad: Antes de generar la factura se comprobará OnLine si Nif y/o Nombre están identificados en la web de la Aeat en caso de documentos españoles o en la web europea «Vies on the Web» para documentos intracomunitarios.
7. Novedad: Al descartar la emisión de facturas, los mensajes de incidencias se unifican en un solo aviso en pantalla.
ESTIM-AIT/MODUL-AIT:
1. Novedad: Se incluye la introducción de la Fecha de Operación de las facturas.
RAPID-AIT:
1. Novedad: Se incluye la gestión de la Fecha de Operación de las facturas
, en la columna «AA» adicional de la plantilla excel «Generica». Si necesita dicha funcionalidad en su plantilla, puede encontrarla en [\AIT\RAPIDAIT\FactuAIT] o solicitarla a soporte, así como una nueva actualización de su intérprete para poder gestionarla.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 35.10.24
FACTU-AIT:
1. Novedad: Es posible identificar un facturador acogido al SII y, por tanto, excluído de Veri*Factu, lo cual no podrá modificarse una vez emitida la primera factura (haya sido enviada o no a Veri*Factu).
2. Novedad: Para los facturadores acogidos al SII, al emitir las facturas NO se enviarán a Veri*Factu, y así cumplir con lo dispuesto por la AEAT en su web y en el portal de empresas de desarrollo.
*. Recuerde: En 2026 para poder imprimir una factura debe haber sido aceptada por Veri*Factu.

CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 35.10.20
FACTU-AIT:
1. Novedad: Al imprimir la factura se diferencian el «Total a Pagar» del «Total Factura VeriFactu», pues para VeriFactu el total de factura NO contempla ni retenciones ni suplidos.
2. Novedad: En facturas rectificativas, se solicitan Ejericio y Nif rectificados, para acelerar la selección de la rectificada.
3. Novedad: Al emitir facturas, la fecha de Emisión en curso y la Fecha de Expedición de la factura DEBEN coincidir, por lo que NO podrá emitir facturas con fecha de expedición distinta al día de emisión. En ese caso, la AEAT nos indica que «La fecha de operación puede ser distinta y normalmente será anterior a la fecha de expedición».
*. Recuerde: Desde «8.Actualizar», puede cambiar ambas fechas a un rango de documentos, salvo a facturas
.
4. Novedad: Al emitir facturas, se realizará automáticamente la presentación en pruebas en Veri*Factu, por favor notifique cualquier incidencia que provoque rechazo o consulte si tiene dudas.
*. Recuerde: Por defecto, la AEAT obliga a esperar al menos 60 segundos entre cada factura enviada. Durante TODA la Presentación NO Cierre el programa NI Apague el equipo, si lo necesita, abra una nueva instancia y NO la Cierre hasta que acabe la Presentación, es decir, mantenga AMBAS.
*. Recuerde: Para emitir una factura Rectificativa por Sustitución, consulte ¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por sustitución “S”? en el siguiente enlace en la web de la AEAT: [ 
Agencia Tributaria: Preguntas frecuentes (FAQ) – Procedimientos de facturación ].
*. Recuerde: Para rectificativa por sustitución, deben optar por el método de un paso y, directamente, deben emitir la factura rectificativa, sin realizar ninguna acción sobre la original. NO usen el método de los dos pasos, que requiere emitir una primera factura ordinaria «de abono» pero con importes negativos para «anular» o «contrarrestar» la original (primer paso), y posteriormente emitir la factura rectificativa con el error corregido (segundo paso).
*. Recuerde: Para emitir una factura Rectificativa por Diferencias, consulte ¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por diferencias “I”? en el siguiente enlace en la web de la AEAT: [ 
Agencia Tributaria: Preguntas frecuentes (FAQ) – Procedimientos de facturación ].
*. Recuerde: Puede configurar la serie de las rectificativas para  que incluya algún identificativo o incluir una línea en la factura que lo indique, usando incluso un concepto que acelere su introducción.
*. Recuerde: Puede «7.Traspasar > 4.Borradores > 3.OtroFacturador» y seleccionar la serie rectificativa del mismo emisor, para obtener una copia de la original a la que solo tendrá que cambiar los importes.
5. Novedad: Al contabilizar facturas, se realizará automáticamente el asiento contable de abono de la factura Rectificada por Sustitución, compruebe que no hay duplicidad contable si emitió una factura negativa o de abono.
*. Recuerde: Al facturar rectificativas por sustitución NO use el método de los dos pasos (abono+correcta), use el método de sustitución en un solo paso o por diferencias.
6. Novedad: Por integridad, los conceptos no podrán ser modificados si han sido usados en algún documento.
7. Novedad: En cada documento, toda línea con importe deberá tener un código de concepto, es decir, aquellas líneas sin código de concepto deberán tener importe cero.
*. Recuerde: Para facturar, DEBE indetificar correctamente País y Tipo de Documento en el Nif General, en otro caso será rechazada (necesitará rectificativa del rechazo) o no emitida (deberá corregir antes de emitir).
8. Novedad: Con cada versión, Factu-AIT podrá emitir facturas correspondientes de su año de actualziación, pero NO de años posteriores, por lo que la actualización se convierte en obligatoria al inicio de cada periodo a facturar.
CONTA-AIT, ESTIM-AIT, MODUL-AIT:
1. Novedad: Al traspasar los elementos de amortización a otro ejercico o cliente, se ofrece la posibilidad de excluir o no el inmovilizado con Fecha de Baja en el origen o en el destino.
RAPID-AIT:
1. Novedad: Al transformar desde Excel a Csv, se eliminan «Saltos de Línea» que pudieran venir dentro de una celda, para evitar errores y exclusiones.
2. Novedad: Se incluye intérprete «RapidAIT_MoviBanco_BBVA_OneMore.ini» para el nuevo listado en excel de BBVA, que ha cambiado sus columnas.
*. Recuerde: Para usar el anterior intérprete, deberá copiarlo desde \AIT\RAPIDAIT\BancoAIT a la carpeta Rapid-AIT que usa habitualmente.
*. Recuerde: Algunos ficheros descargados desde BBVA incluyen un carácter «•» en su nombre, el cual debe ser eliminado para poder procesarlo.


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