ACTUALIZACIÓN 32.11.22
IMPRE-AIT:
1. Novedad: Por cambios de la AEAT dentro del plazo de presentación, se actualizan las URLs de los formularios del modelo 130, para predeclaración y presentación web. (Ver.32.10.11).
2. Novedad: En el modelo 130, se avisará si los ingresos en simplificada pasan de 600 mil y si los de partida doble bajan de 600 mil, pero el cambio de estimación en el siguiente ejercicio lo realizará manualmente el usuario.
*. Recuerde: Según el artículo 3 de la Orden HFP/1395/2021, de 9 de diciembre, desaparece la modalidad de presentación en papel (“predeclaración”) del modelo 303 para 2023 y siguientes.
3. Novedad: Desde Rapid-AIT, incluida la posibilidad de importar declarados de declaraciones informativas desde fichero, para los modelos 190 (formato aeat) y 347 (formato excel). Tras importar desde fichero, se puede combinar dicho modelo con lo anotado en su contabilidad.
ESTIM-AIT:
1. Novedad: El proceso de renumeración de Diario, siempre mantendrá los registros borrados, pero ocultos y sin saltos en la renumeración final. (Ley 11/2021).
CONTA-AIT:
1. Novedad: El proceso de renumeración de Diario, siempre mantendrá los registros borrados, pero ocultos y sin saltos en la renumeración final. (Ley 11/2021).
FACTU-AIT:
1. Novedad: En la impresión de facturas, se incluye un código QR, aunque queda pendiente incluir en él la información que se apruebe en el reglamento final. (Ley 11/2021).
2. Novedad: En la edición de facturas, se incluye un bloqueo según su estado, aunque, hasta 2024, podrá eliminarse para hacer modificaciones. (Ley 11/2021).
3. Novedad: En el archivo de eventos de facturación, se anota un registro de todas la operaciones realizadas con cada factura, el cual estará a disposición de la autoridad si así lo solicita. (Ley 11/2021).
4. Novedad: Tanto para facturas como para recibos, a «Contabilizar» se le añade a la opción «3.- Csv para Rapid-AIT», que genera un fichero contabillizable desde Rapid-AIT.
*. Recuerde: Con las novedades derivadas de las leyes 11/21 y 18/22, cambiará el modo en que sus clientes deben realizar su facturación. Para facilitarles esa tarea, A.I.T. pone a su disposición el progama Factu-GES, que les permite facturar de forma adaptada a la normativa vigente (código QR, registro de eventos, encadenamiento de huellas, trazabilidad, factura electrónica, etc).
*. Recuerde: Con FactuGES puede abrir facturadores ilimitados, por lo que puede destinar un facturador a los ingresos y otro a los gastos. Sin llegar a ser una contabilidad formal, permite a sus clientes mantener una organización básica del estado de su actividad.
*. Recuerde: Al exportar las facturas con formato «Csv para Rapid-AIT», se podrán contabilizar bien como Ingresos o bien como Gastos, dependiendo del Intéprete que se escoja desde Rapid-AIT.
*. Recuerde: Además, con FactuGES dispone de un apartado «Vencimientos» diferenciado por cada facturador, para controlar los plazos de cobros/pagos de sus facturas, tanto emitidas como recibidas, y relizar listados de control y llevar anotaciones/recordatorios.
UTIL-AIT:
1. Novedad: El proceso de actualización de Bases de Datos, siempre mantendrá ocultos los registros borrados, que ya existieran antes de añadir los nuevos campos. (Ley 11/2021).
2. Novedad: En la selección de colores, se incluye un modo «Dark», para generar un nuevo acceso en el escritorio, para trabajar con esa paleta de colores.
3. Novedad: Tras crear un nuevo ejercicio, se ofrece al usuario comprobar si los tipos de iva y retención están adaptados para Rapid-AIT. El usuario deberá propagar los cambios realizados hasta los asientos predefinidos.
RAPID-AIT:
1. Novedad: La edición de filtros bancarios, permite realizar búsqueda unificada por texto o cuenta, similar a la búsqueda por #HashTag, para localizar un determinado filtro.
2. Novedad: Mejorada la búsqueda activa de ficheros de Nóminas para contabilizar automáticamente el mes anterior. Dentro de la carpeta <Unidad:>\Rapid-AIT\Nominas, el nombre original deberá contener Año y Mes en formato aaaamm.
3. Novedad: En Impre-AIT, incluida la posibilidad de importar declarados de declaraciones informativas desde fichero, para los modelos 190 (formato aeat) y 347 (formato excel). Tras importar desde fichero, se puede combinar dicho modelo con lo anotado en su contabilidad.
4. Novedad: Para contabilizar facturas de electricidad al tipo reducido especial del 5%, se usarán la cuenta 472.50 en Conta-AIT y el tipo 50 en Estim-AIT. El usuario deberá realizar manualmente el alta del código/cuenta en «Tipos de Iva» de contabilidad antes de contabilizarlas.
5. Novedad: De acuerdo con lo anterior, debe solicitar los intérpretes de gastos (y opcionalmente ingresos) del «Listado Unificado» de facturas en excel para Conta-AIT y/o Estim-AIT. Para estos intérpretes, es fundamental que dicho listado traiga bien calculada la cuota de Iva reducido, pues de ello dependerá la cuenta/código a usar.
6. Novedad: Al contabilizar facturas, si un cliente o proveedor no tiene definida su contrapartida, se solicitará para asociarla y usarla por defecto en adelante.
- 2002-2017
- 2018
- 2019
- 2020
- 2021
- 2022
- 2023
- 2002-2017
- 2018
- 2019
- 2020
- 2021
- 2022
- 2023