Actualizaciones Gestion-AIT

AIT | Actualizaciones de AITsoftware

      Gestion-AIT  ~  abril  2026      




CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.04.30

FACTU-AIT:
*. Recuerde: Si debiera restaurar una copia de seguridad de Factu-AIT, asegúrese de que dicha copia incluye TODAS las facturas emitidas y aceptadas o rechazadas por la AEAT, lo que evitará futuros rechazos por duplicidades. Estos posibles rechazos se producirían si al emitir desde Borradores, se generaran facturas con una numeración ya remitida a Veri*Factu, lo que puede suceder al restaurar un copia anticuada o incompleta. Para cumplir con este requeriento de la AEAT respecto de sus propios datos, como responsable de los mismos, asegúrese de actualizar o realizar una copia tras «Emitir facturas → AEAT», tanto si han sido aceptadas como si han sido rechazadas por Veri*Factu.
*. Recuerde: Si desea realizar dicho envío oficial en producción antes de dichas fechas, contacte con soporte.
1. Novedad: Corregida la impresión de facturas de un Nif dentro de un rango, en formato A4-Pdf Individual.
2. Novedad: En el Documento 3.-(Borradores/Proformas), edición desactivada para factura Enviada y Aceptada.
3. Novedad: En los listados en formato Excel se usan columnas distinas para emplazar cada dato incluido.
4. Novedad: Al contabilizar documentos para Nif No Español se incluye con fomato PP9A..A, al hacerlo mediante la opción «3.- A <csv> Para Rapid-AIT».
5. Novedad: En 3.- Borradores/Proformas y en 4.- Facturas, poder cambiar Devuelto (S/N) y Periódico (S/N) de Enviadas y Aceptadas para su propio control y posterior contabilización.
6. Novedad: Se puede escoger entre usar la dirección Fiscal o la Postal, al configurar la impresión de facturas. La fiscal es el valor por defecto y está compuesto por 3 líneas a partir de datos fiscales del NifGeneral. La postal está compuesta por las 2 líneas postales del NifGeneral que libremente puede cumplimentar.
7. Novedad: Al realizar la contabilización, se informará si ya ha sido contabilizada o si ha sido anulada, pudiendo ser descartarda o incluida según decida el usuario.
8. Novedad: En la impresión a fichero de un documento, se incluirárá su denominación, para evitar repeticiones.
9. Novedad: Al imprimir a fichero Pdf un solo documento de pedido/minuta o recibo/albaran, puede escoger un nombre individual, como se hace por defecto con borrador/proforma y factura.

CONTA-AIT:
1. Novedad: Desde extracto de mayor, el usuario decide si salir o continuar dentro, al alcanzar el final del rango de cuentas consultadas, tras solicitar la siguiente o la anterior.
*. Recuerde: Dentro de «3. Listados » 6. Otros Listados» dispone del listado «1. Libros Registro Mercantil».
*. Recuerde: Una vez ahí, desde «1. Libro de Diario y Contable» se genera un Diario Abreviado del año completo con Apertura, Mensual, Explotación y Cierre, todos dentro de un único listado.
*. Recuerde: Una vez ahí, desde «2. Inventario y Cuentas Anuales» se generan balances de Sumas y Saldos trimestrales, de Situación, de Pérdidas y Ganancias y de Comprobación
, todos dentro de un único listado.
*. Recuerde: Para obtener los «Libros Registro Mercantil», en caso de existir algún cierre, será eliminado sin requerir confirmación del usuario
.

RAPID-AIT:
1. Novedad: Al contabilizar facturas de compras para el Sii, CuotaDeducible se auto-cumplimenta con las cuotas de Iva y recargos de Equivalencia soportados.
2. Novedad: Se implementa sistema de aviso de facturas no presentadas, anteriores a la semana que se recoge.
*. Recuerde: Si el Nif que aparece en las facturas en excel es español, los intérpretes lo incorporarán en formato Aeat.
*. Recuerde: Si dicho Nif no es español, se espera que venga un formato PP9A..A, donde PP debe identificar las letras del pais UE o ISO, 9 debe identifcar el tipo de documento para SII o Veri*Factu y A..A debe identificar el propio número de documento con hasta 15 posiciones.
*. Recuerde: Si los Nifs no españoles de su excel vienen en otro formato, por ejemplo PPA..A sin especificar en la tercera posición el tipo de documento, y desea mejorar como se incorporan a AIT, puede solicitar presupuesto para la revisión de su(s) intépretes(s).

INTERFAZ-AIT:
1. Novedad: Se incluye que los movimientos de ratón sobre menús y tablas puedan desplazar la opción o registro seleccionado. Puede seleccionar el funcionamiento que más se adapte a sus gustos desde ‘Utilidades » 3.-Configuración de AIT » 2.-Movimientos del Ratón’.
*. Recuerde: Dispone de las siguientes configuraciones…
    Solo_Menús  => Al mover el ratón sobre las opciones de menús, se desplazará su posición
    Solo_Tablas => Al mover el ratón sobre los registros de una tabla, se desplazará su posición
    Ambas => Al mover el ratón sobre menús y tablas, se desplazará su posición en ambos casos
    Ninguna => Al mover el ratón sobre menús y tablas, nunca se desplazará su posición

*. Recuerde: (al margen del movimiento, los clicks del ratón siguen activos siempre).
*. Recuerde: Para una visión de pantalla más relajada, en Utilidades > 3.-Configuración de AIT > «1.-Selección de Colores», se incluye una paleta «Dark». Para activarla, se generará un nuevo acceso en el escritorio llamado «AIT_DARK», que trabajará con dicha paleta de colores oscuros, la cual favorece el descanso de su vista.
*. Recuerde: Para el acceso A.I.T. estándar, dispone de más paletas de colores predefinidas (encuentre la suya).






CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 36.01.02
FACTU-AIT:
1. Novedad: Se habilita la generación de documentos del ejercicio 2026.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 35.12.30
FACTU-AIT:
*.
Importante: El RDL 15/2025, aplaza un año la obligación de enviar a Veri*Factu,
para los contribuyentes (hasta el 1 de enero de 2027 para las entidades y hasta el 1 de julio de 2027 para las personas), pero se mantiene la obligación de adaptación de los SIFs (sistemas informáticos de facturación) y de los servicios prestados por la Aeat en su web. Por tanto, por defecto los registros de facturación se continuarán enviando en entorno de pruebas hasta que sea obligatorio, que será cuando se enviarán a entorno de producción real (salvo nuevos cambios legislativos imprevistos). Si desea realizar dicho envío en producción antes de dichas fechas o no realizarlo, contacte con soporte.
1. Novedad: Al entrar y salir de un facturador, se avisa si quedó alguna factura pendiente o rechazada, lo cual debe subsanarse antes de continuar emitiendo facturas.
2. Novedad: Para cada facturador, dentro de la opción «F.- Veri*Factu», se incluyen opciones para «Comprobar Encadenamientos» y «Exportar Registros», según se establece en el RD 1007/2023.
3. Novedad: Para «4.- Facturas», se permite anular o eliminar registros de facturación aceptados, rechazados o pendientes, lo cual podrá realizar mediante Ctrl+Sup desde «1.- Crear / Modificar»
.
*. Recuerde: Para los pendientes se eliminarán la propia factura y su registro de encadenamiento, generarándose de nuevo al emitir una nueva factura con sus correspondientes datos.
*. Recuerde: Para los rechazados y aceptados se mantendrán ambos registros, es decir, aunque en la web de la Aeat se marcarán como anulados, los seguirá manteniendo y ofreciendo en sus consultas web. En Factu-AIT, la numeración seguirá correlativa y las facturas anuladas también se mantendrán con el número que se generó y con el resto de datos, pudiendo ser incluidas en otros procesos, como listados, contabilización, etc.
*. Recuerde: La AEAT indica: Si los errores detectados tras la emisión están previstos en el reglamento de obligaciones de facturación (ROF), aprobado por el Real Decreto 1619/2012, deberá efectuarse su rectificación de acuerdo con el procedimiento que indique el ROF según el tipo de error de que se trate, lo que implica expedir nueva/s factura/s rectificativas de la factura original errónea.
*. Recuerde: La AEAT indica: Si se considera que «toda la factura» en sí misma está mal o no debería haberse emitido, siempre que para solucionarlo no deba emplearse algún procedimiento (de rectificativa u otro) previsto en el ROF, se podrá «anular» generando para ello un RF de anulación. Estos casos deberían ser MUY POCO FRECUENTES.
*. Recuerde: La AEAT indica: Con la anulación se trata, pues, de «deshacer» tanto la expedición de la factura erróneamente emitida como el correspondiente registro de facturación generado. La consecuencia de ello es que dicha factura no tendrá ningún efecto fiscal ni en libros registros, ni en autoliquidaciones a presentar.
*. Recuerde: La AEAT indica: Con carácter general, todas las facturas emitidas, en la medida en que respondan a operaciones realmente efectuadas (como es el caso habitual) no pueden anularse. Como se puede ver, el uso de los RF de anulación deben ser casos muy excepcionales, siempre a valorar y utilizar con prudencia.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 35.11.25
FACTU-AIT:
1. Novedad: Se permite la emisión de facturas Exentas y con Iva simultáneamente, como en determinados casos.
2. Novedad: La Actualización Masiva permite preservar los campos que deje vacíos y aplicarse a todos los del rango o solo a los editables (no bloqueados).
*. Recuerde: Si necesita cambiar fechas de operación y/o de emisión desde «8.Actualizar», puede cambiar algunos campos de un rango de documentos
.
3. Novedad: Se permite la emisión de facturas en Régimen de Bienes Usados, informando el total, sin detallar el Iva.
*. Recuerde: Si un registro de factura fue rechazado por la Aeat, debe ser corregido emitiendo una rectificativa.
*. Recuerde: Existen dos procedimientos para la rectificación de las facturas: a) por diferencias y b) por sustitución.
*. Recuerde: a) El procedimiento de retificación por diferencias implica la emisión de una única factura en la serie ‘R’ectificativa, donde se consignarán las diferencias que se hayan detectado en los importes.
*. Recuerde: b) El procedimiento de rectificación por sustitución, a su vez, admite dos modalidades: b.1) mediante una factura y b.2) mediante dos facturas.
*. Recuerde: b.1) Para el procedimiento de rectificación por sustitución en 1 paso, se emirirá una única factura en la serie ‘R’ectificativa con los datos correctos, indicando como rectificada la original.
*. Recuerde: b.2) Para el procedimiento de rectificación por sustitución en 2 pasos, se emitirá una primera factura en la serie ‘O’rdinaria que anule la factura original y una segunda factura en la serie ‘R’ectificativa que reflejará los datos correctos, indicando como rectificada la original. Según criterio de la consulta vinculante V0706-19, de acuerdo con el cual, la factura negativa se registrará como factura ordinaria mientras que la segunda factura se identificará como factura rectificativa (con la clave de factura rectificativa que corresponda)
.
4. Novedad: Al contabilizar la serie ‘R’ectificativa, puede escoger si Auto-Contabilizar el abono de las rectificadas, para el caso de haber emitido por sustitución en un paso y necesitar el apunte de abono correspondiente.
5. Novedad: Al contabilizar se incluye la fecha de operación, para Estim-AIT, Conta-AIT y Rapid-AIT.
6. Novedad: Antes de generar la factura se comprobará OnLine si Nif y/o Nombre están identificados en la web de la Aeat en caso de documentos españoles o en la web europea «Vies on the Web» para documentos intracomunitarios.
7. Novedad: Al descartar la emisión de facturas, los mensajes de incidencias se unifican en un solo aviso en pantalla.
ESTIM-AIT/MODUL-AIT:
1. Novedad: Se incluye la introducción de la Fecha de Operación de las facturas.
RAPID-AIT:
1. Novedad: Se incluye la gestión de la Fecha de Operación de las facturas
, en la columna «AA» adicional de la plantilla excel «Generica». Si necesita dicha funcionalidad en su plantilla, puede encontrarla en [\AIT\RAPIDAIT\FactuAIT] o solicitarla a soporte, así como una nueva actualización de su intérprete para poder gestionarla.

CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 35.10.24
FACTU-AIT:
1. Novedad: Es posible identificar un facturador acogido al SII y, por tanto, excluído de Veri*Factu, lo cual no podrá modificarse una vez emitida la primera factura (haya sido enviada o no a Veri*Factu).
2. Novedad: Para los facturadores acogidos al SII, al emitir las facturas NO se enviarán a Veri*Factu, y así cumplir con lo dispuesto por la AEAT en su web y en el portal de empresas de desarrollo.
*. Recuerde: En 2026 para poder imprimir una factura debe haber sido aceptada por Veri*Factu.


CAMBIOS INCORPORADOS EN ACTUALIZACIÓN 35.10.20
FACTU-AIT:
1. Novedad: Al imprimir la factura se diferencian el «Total a Pagar» del «Total Factura VeriFactu», pues para VeriFactu el total de factura NO contempla ni retenciones ni suplidos.
2. Novedad: En facturas rectificativas, se solicitan Ejericio y Nif rectificados, para acelerar la selección de la rectificada.
3. Novedad: Al emitir facturas, la fecha de Emisión en curso y la Fecha de Expedición de la factura DEBEN coincidir, por lo que NO podrá emitir facturas con fecha de expedición distinta al día de emisión. En ese caso, la AEAT nos indica que «La fecha de operación puede ser distinta y normalmente será anterior a la fecha de expedición».
*. Recuerde: Desde «8.Actualizar», puede cambiar ambas fechas a un rango de documentos, salvo a facturas
.
4. Novedad: Al emitir facturas, se realizará automáticamente la presentación en pruebas en Veri*Factu, por favor notifique cualquier incidencia que provoque rechazo o consulte si tiene dudas.
*. Recuerde: Por defecto, la AEAT obliga a esperar al menos 60 segundos entre cada factura enviada. Durante TODA la Presentación NO Cierre el programa NI Apague el equipo, si lo necesita, abra una nueva instancia y NO la Cierre hasta que acabe la Presentación, es decir, mantenga AMBAS.
*. Recuerde: Para emitir una factura Rectificativa por Sustitución, consulte ¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por sustitución “S”? en el siguiente enlace en la web de la AEAT: [ 
Agencia Tributaria: Preguntas frecuentes (FAQ) – Procedimientos de facturación ].
*. Recuerde: Para rectificativa por sustitución, deben optar por el método de un paso y, directamente, deben emitir la factura rectificativa, sin realizar ninguna acción sobre la original. NO usen el método de los dos pasos, que requiere emitir una primera factura ordinaria «de abono» pero con importes negativos para «anular» o «contrarrestar» la original (primer paso), y posteriormente emitir la factura rectificativa con el error corregido (segundo paso).
*. Recuerde: Para emitir una factura Rectificativa por Diferencias, consulte ¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por diferencias “I”? en el siguiente enlace en la web de la AEAT: [ 
Agencia Tributaria: Preguntas frecuentes (FAQ) – Procedimientos de facturación ].
*. Recuerde: Puede configurar la serie de las rectificativas para  que incluya algún identificativo o incluir una línea en la factura que lo indique, usando incluso un concepto que acelere su introducción.
*. Recuerde: Puede «7.Traspasar > 4.Borradores > 3.OtroFacturador» y seleccionar la serie rectificativa del mismo emisor, para obtener una copia de la original a la que solo tendrá que cambiar los importes.
5. Novedad: Al contabilizar facturas, se realizará automáticamente el asiento contable de abono de la factura Rectificada por Sustitución, compruebe que no hay duplicidad contable si emitió una factura negativa o de abono.
*. Recuerde: Al facturar rectificativas por sustitución NO use el método de los dos pasos (abono+correcta), use el método de sustitución en un solo paso o por diferencias.
6. Novedad: Por integridad, los conceptos no podrán ser modificados si han sido usados en algún documento.
7. Novedad: En cada documento, toda línea con importe deberá tener un código de concepto, es decir, aquellas líneas sin código de concepto deberán tener importe cero.
*. Recuerde: Para facturar, DEBE indetificar correctamente País y Tipo de Documento en el Nif General, en otro caso será rechazada (necesitará rectificativa del rechazo) o no emitida (deberá corregir antes de emitir).
8. Novedad: Con cada versión, Factu-AIT podrá emitir facturas correspondientes de su año de actualziación, pero NO de años posteriores, por lo que la actualización se convierte en obligatoria al inicio de cada periodo a facturar.
CONTA-AIT, ESTIM-AIT, MODUL-AIT:
1. Novedad: Al traspasar los elementos de amortización a otro ejercico o cliente, se ofrece la posibilidad de excluir o no el inmovilizado con Fecha de Baja en el origen o en el destino.
RAPID-AIT:
1. Novedad: Al transformar desde Excel a Csv, se eliminan «Saltos de Línea» que pudieran venir dentro de una celda, para evitar errores y exclusiones.
2. Novedad: Se incluye intérprete «RapidAIT_MoviBanco_BBVA_OneMore.ini» para el nuevo listado en excel de BBVA, que ha cambiado sus columnas.
*. Recuerde: Para usar el anterior intérprete, deberá copiarlo desde \AIT\RAPIDAIT\BancoAIT a la carpeta Rapid-AIT que usa habitualmente.
*. Recuerde: Algunos ficheros descargados desde BBVA incluyen un carácter «•» en su nombre, el cual debe ser eliminado para poder procesarlo.


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